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Última actualización: jueves, octubre 08 de 2020
                
            
            
            
            
            
            En un instrumento de carácter legal Según la Ley 352/1997, Dto. 4780/2008, Acuerdo 02/2002, solo se otorga la competencia a esta institución para recibir y adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en contra del personal al cual se le es aplicable la Ley Disciplinaria sin dejar de lado que es deber de esta institución atender las PQRSDF que se realicen por entidades y/o personas naturales y jurídicas.
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